REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

 

CENTRO OCUPACIONAL STELLA MARIS

 

V.8, modificación julio 2023.

 

 

 

1.- DISPOSICIONES GENERALES

 

a.- Titularidad y datos del centro.

 

La Fundación Stella Maris, tiene la titularidad del Centro Ocupacional Stella Maris, organización sin ánimo de lucro fundada en 1997 con el objetivo de aportar una formación laboral y mejorar la calidad de vida de las personas con diversidad funcional.

 

 

 

b.- Objeto de documento y ámbito de aplicación.

 

El presente reglamento regula la organización y funcionamiento interno del Centro Ocupacional, así como la normativa aplicable a los beneficiarios del mismo.

 

Este reglamento tiene carácter obligatorio para todo el personal que presta sus servicios en el Centro Ocupacional, así como para los/as usuarios/as y para sus familiares o sus representantes legales.

 

 

 

c.- Ubicación

 

Dentro de las instalaciones de la Fundación Stella Maris se encuentra el Centro Ocupacional situado en la plaza Cronista Francisco Monblanch s/n, acceso 4 del distrito de La Malvarrosa de Valencia. NIF: G -96593405.

 

 

 

2.- ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CENTRO OCUPACIONAL

 

a.- Definición y objetivos

 

a.1 Misión y visión

 

·       Ser una organización reconocida como referente en la labor de la atención de las personas con diversidad funcional y su inclusión social tanto a nivel laboral como a nivel personal. 

 

·       Atender y apoyar a los familiares y allegados, a las partes interesadas y grupos de interés relacionados con la actividad de la organización, así como la sociedad en su conjunto en relación al colectivo con el que trabajamos.

 

·       Colaborar conjuntamente con organismos como COPAVA para la defensa y la protección de los sectores más desfavorecidos, en particular con la diversidad funcional, colaborando en mesas sectoriales junto con la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

 

·       Ser un centro referente que se caracterice por la atención individualizada.

 

·       Respeto y valoración de las necesidades individuales y de los derechos humanos.

 

·       Sensibilizar a las instituciones y a la opinión pública sobre la aceptación e integración de las personas con diversidad funcional en la sociedad.

 

·       Aumentar y potenciar el pleno apoyo de la Administración a través de financiación pública.

 

·       Crear un lugar de encuentro para nuestros/as usuarios/as, familiares y allegados que facilite la comunicación y apoyo mutuo.

 

 

 

a.2 Valores

 

·       Compromiso e implicación con la defensa y mejora de los derechos de sus usuarios/as.

 

·       Responsabilidad Social: establecer lazos y compromisos a nivel social con otros organismos e instituciones que tengan otras labores sociales. 

 

·       Igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres, hombres y todas las personas en su conjunto.

 

·       Atención individualizada y personal debido al número reducido de personas que atendemos siendo conscientes en todo momento de las dificultades y particularidades para darles la mejor atención posible.

 

·       Transparencia en todas sus actuaciones internas y externas.

 

·       Profesionalidad y eficacia en el trabajo desarrollado trabajando en equipo sobre la base de la transparencia y objetivos comunes, de acuerdo con la ética profesional.

 

·       Formación continua tanto interna como externa para mejorar día a día las actividades que se desarrollan en el centro.

 

·       Colaboración con personas en prácticas o voluntarios/as de distintos centros de formación y universidades para la ayuda a la integración laboral.

 

·       El trabajo conjuntamente con otras empresas para el desarrollo del área pre-laboral como parte fundamental del centro ocupacional.

 

 

 

a.3 Objetivos y obligaciones de las personas profesionales

 

·       Potenciar, desde el puesto de trabajo, la capacidad de elección, las relaciones interpersonales y el crecimiento personal para alcanzar más autonomía y seguridad.

 

·       Desarrollar al máximo las capacidades de las personas para facilitar la

 

relación con el propio entorno.

 

·       Potenciar una mejor calidad de vida de las personas usuarias trabajando en el desarrollo de todas las dimensiones.

 

·       Ofrecer las ayudas necesarias para cada persona, tanto en la ocupación terapéutica como en las actividades de ajuste personal y social.

 

·       Buscar y potenciar los recursos naturales existentes en el entorno social.

 

 

 

b.- Horario

 

El Centro Ocupacional tiene un horario de apertura habitual de 9 a 17 horas, exceptuando los meses de junio, julio y septiembre que el horario de apertura del centro es de 9.00 a 14.30 horas.

 

Fines de semana, festivos, Navidades, Semana Santa y vacaciones estivales el centro permanecerá cerrado.

 

El calendario se comunicará y se publicará en nuestra página web cada año una vez esté aceptado por el Consejo de Centro con la suficiente antelación, con la finalidad de que las personas usuarias, sus familiares y representantes legales estén avisados y puedan realizar sus organizaciones personales,

 

c.- Equipo profesional

 

El Centro Ocupacional dispone de profesionales, tanto de carácter técnico como de apoyo, de acuerdo a la legislación vigente. El equipo está formado por:

 

PROFESIONAL

NOMBRE

MEDIA DE HORAS SEMANALES

Psicóloga / Directora

Sara Buchón

37 horas

Fisioterapeuta

Kristiyan Minchev

25 horas

Monitora

Sandra Berenguer

37 horas

Monitor

Adrián Ibáñez

37 horas

Monitora

Carla Ruiz

37 horas

Cuidadora

Natalia Moya

37 horas

 

 

 

Además, el C.O. Stella Maris, cuenta con la colaboración de un grupo de voluntarios/as y alumnado en prácticas.

 

 

 

d.- Órganos de participación

 

Para una comunicación eficiente de todos los componentes y miembros de la fundación existen dos órganos de participación.

 

En ellos se pretende aportar, documentar, consensuar y establecer acuerdos que permitan una gestión y una representación periódica de todos los implicados e implicadas.

 

A continuación, se muestra el cuadro:

 

 

 

ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

CONSEJO DE CENTRO

ASAMBLEA DE USUARIAS Y USUARIOS

PARTICIPANTES

-  La directora del centro (presidencia)

-  Dos socios de la entidad titular del centro, designados por la junta rectora de la entidad

-  Dos representantes de trabajadores/as elegidos por los mismos

-  Dos representantes de las personas usuarias elegidos en asamblea de personas usuarias

-   *Representantes de padres y familiares que tengan encomendados funciones tutelares

PARTICIPANTES

-     Una persona usuaria designada por la propia Asamblea (presidencia)

-     Una persona designada por la junta rectora de la entidad titular del centro (vicepresidencia)

-     Todas las personas usuarias

-     La directora (secretaria)

DURACIÓN

-  Los cargos: 1 año mínimo y máxima de dos años

-  Reuniones ordinarias: una vez al trimestre

-  Reuniones extraordinarias: al menos 3 miembros

-   Antelación mínima 48 horas

DURACIÓN

-     Reuniones ordinarias: una vez al semestre

-     Antelación mínima una semana

 

FUNCIONES

-  Velar por el cumplimiento de las normas

-  Impulsar y ejecutar medidas de carácter organizativo y de gestión que no estén dentro del ámbito competencial de la dirección y equipo profesional del centro

-  Ejecutar medidas y acuerdos adoptados en las asambleas

-   Cualquier otra con el fin de mejorar la gestión.

FUNCIONES

-     Potenciar la participación social y promover medidas necesarias para la integración e inclusión social 

-     Conocer decisiones y acuerdos del Consejo de Centro

-     Conocer procesos de evaluación interna y externa del centro

-     Conocer y aprobar el calendario y programa de actividades

-     Formular propuestas de mejora en organización, gestión y convivencia

-     Proponer asuntos de relevancia o interés general para el bienestar y atención.

 

 

 

*En caso de centros con personas usuarias que tienen su capacidad modificada judicialmente, se entiende que la participación e integración el Consejo será por personas con capacidad jurídica, actuando, en su caso, en su nombre, el tutor o representante legal como representantes de las personas usuarias.

 

 

 

Para asegurar la participación en el proceso terapéutico, educativo o asistencial, así como el compromiso del centro y de las personas trabajadoras en el proceso de alta se realiza, junto con la persona usuaria y/o familiares y el profesional de referencia, un Programa Centrado en la Persona (PCP) como parte del compromiso de conformidad con el proceso terapéutico, educativo o asistencial, así como las asambleas obligatorias y periódicas anuales.

 

 

 

3.- PERSONAS USUARIAS

 

 

 

a.- Personas usuarias

 

Personas con diversidad funcional, pudiendo tener asociada o no discapacidad física o sensorial añadida, con edades comprendidas entre los 16 y los 65 años.  

 

 

 

b.- Condiciones de ingreso

 

Los requisitos de admisión son:

 

-       Personas con diversidad intelectual con edades comprendidas entre los 16 años y los 65 años

 

-       Grado de discapacidad inferior al 75%, De manera excepcional, y siempre y cuando lo derive Conselleria, se podrá atender a personas cuyo perfil sea de:

 

o   Apoyo extenso generalizado, continuo, regular e indefinido en el tiempo, con un grado de discapacidad igual o superior al 75% (perfil Centro de Día)

 

-       Personas no susceptibles a integrarse en un Centro Especial de Empleo o empresa ordinaria, ni continuar en un Centro de Educación Especial.

 

-       Personas con necesidades de apoyo ligero y limitado, con una necesidad de supervisión intermitente para el mantenimiento o desarrollo de su autonomía personal en la realización de las actividades básicas de la vida diaria, y su inclusión social en las diferentes etapas de su ciclo vital.

 

-       El acceso al centro tendrá lugar mediante propuesta de derivación del servicio de promoción de la autonomía personal o del servicio de prevención e intervención con las familias de la atención primaria de carácter básico, previa elaboración del plan personalizado de intervención social, por parte de la persona profesional de referencia y la realización de una valoración conjunta con la comisión de intervención social

 

 

 

c.- Sistema de baja de las personas usuarias o pérdida de condición de persona usuaria.

 

La persona usuaria, o su representante legal, podrá solicitar en cualquier momento su baja voluntaria. Esta petición debe realizarse por escrito y con un mes de antelación a la fecha de la misma en el caso de que fuera posible.

 

En definitiva, las causas de baja serían las siguientes:

 

·       Renuncia voluntaria de la persona usuaria (o su representante legal, en el caso de personas con capacidad modificada judicialmente) a la prestación de servicio que tenga asignada.

 

·       Cese en el servicio por solicitud de traslado a otro centro o recurso.

 

·       Cese en el servicio, al variar las causas o circunstancias que motivaron su ingreso en el centro por alguno de los siguientes motivos:

 

o   Por el cumplimiento de edad (65 años).

 

o   Por cambio de residencia a otro municipio o traslado a otra Comunidad.

 

o   Por dejar de cumplir los requisitos establecidos normativamente para ser beneficiario del recurso.

 

o   Por cualquier otra causa establecida en la normativa vigente

 

·       Cese en el servicio por incumplimiento muy grave de los deberes y obligaciones, en especial cese en el servicio por infrautilización de los servicios que se prestan en el centro.

 

·       Cese en el servicio por fallecimiento (entrega de certificado de defunción)

 

 

 

Las fechas de alta y baja y las causas de éstas se harán constar en el libro de Registro del Centro.

 

 

 

c.1. Ausencias temporales

 

Las ausencias temporales deberán siempre ser notificadas al Centro Ocupacional. Las causas médicas, familiares y/o laborales a modo general se deberán justificar debidamente ya que cualquier ausencia temporal que sea en beneficio de la persona usuaria o por prescripción médica estará ausente de cualquier procedimiento.

 

Para otras ausencias temporales deberá estudiarse en cada caso y valorar la posibilidad de establecer una baja forzosa en cada caso.

 

 

 

d.- Derechos y deberes de las personas usuarias

 

d.1.- Derechos de las personas usuarias

 

Ley 11/2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad. Artículo 40:

 

Las personas con discapacidad que sean usuarias de centro de atención diurna o de residencias para personas con discapacidad, con independencia de la titularidad de estos centros, tendrán los siguientes derechos:

 

a)     A ser informados, participar y ser oídos, por sí o a través de sus representantes, en las actividades y en las decisiones que afecten a la atención que reciben en dichos centros. 

 

b)     A mantener relaciones interpersonales, y a recibir visitas, siendo obligación de la dirección de los centros el promover y facilitar las relaciones periódicas con sus familiares y amigos. 

 

c)     A recibir un trato digno, tanto del personal del centro como de otras personas usuarios. 

 

d)     A una estancia en condiciones de seguridad e higiene. 

 

e)     Al secreto profesional de los datos de su expediente de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre protección de datos personales. 

 

f)      A la atención individualizada que demande sus necesidades específicas mediante un tratamiento multidisciplinar. 

 

g)     A la intimidad y privacidad, con el límite de las exigencias derivadas de la protección de su vida, salud y seguridad. 

 

h)     A la asistencia integral en residencias para personas con discapacidad con necesidad de apoyo generalizado y a tener asignado un médico de atención primaria. 

 

Se entiende por asistencia integral la atención sanitaria, psicológica, formativa, recreativa y socio-familiar similar tendente a conseguir su bienestar y un adecuado desarrollo personal.

 

i)      A recibir en los centros para personas con discapacidad, las mismas prestaciones sociales, que el resto de los ciudadanos reciben en su domicilio. 

 

j)      A recibir en las residencias para personas con discapacidad, las mismas prestaciones sanitarias, que el resto de los ciudadanos reciben en su domicilio. 

 

k)     A formular reclamaciones y quejas sobre la asistencia que recibe. 

 

A este fin, el titular de cada Centro deberá adoptar las medidas adecuadas para establecer un sistema interno de recepción, seguimiento y resolución de las quejas y reclamaciones que pudiera presentar el usuario del Centro, por sí o a través de su representante.

 

l)      A la continuidad en la prestación de los servicios en las condiciones establecidas legalmente o convenidas. 

 

m)   A la información sobre la evolución de su discapacidad, así como sobre los servicios que se prestan en el centro y los derechos que le asisten. 

 

n)     A cesar en la utilización de los servicios o en la permanencia en el centro por propia voluntad o a instancia de sus representantes, sin perjuicio de los supuestos en los que la permanencia en el centro esté sometida a decisión judicial. 

 

o)     A una programación del tiempo de ocio adecuada a sus capacidades y que redunde en su desarrollo personal. 

 

p)     Al disfrute secuencializado de la plaza en los recursos más idóneos a las características de la persona con discapacidad, según su proceso individual de rehabilitación e integración, dentro de los recursos previstos en la presente ley.

 

En particular conviene tener presente que las personas tienen derechos y libertades fundamentales:

 

q)     Respetar las opiniones y convicciones políticas, morales y religiosas propias y del resto de las personas usuarias, así como del personal que preste servicios.

 

r)      Ser oídos en un procedimiento contradictorio, para que puedan ejercer sus derechos y expresar sus intereses legítimos, ante la Administración y, en último término, ante la jurisdicción correspondiente, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión.

 

s)     Las personas con diversidad funcional, a los que se presta una atención especializada, requieren una especial protección de sus derechos.

 

 

 

Los órganos administrativos y las Administraciones Públicas establecerán los mecanismos adecuados de colaboración y coordinación para velar por los derechos reconocidos en esta ley a las personas con discapacidad, padres y familiares.

 

 

 

d.2.- Deberes de los usuarios y regulación del sistema de entradas y salidas

 

1.     La persona usuaria debe adaptarse a los horarios del centro, no pudiendo salir fuera del horario establecido sin el consentimiento de los profesionales.

 

2.     Durante la permanencia en el Centro, deberá atender las orientaciones de los profesionales.

 

3.     No se podrá fumar dentro de las instalaciones.

 

4.     Las personas usuarias deberán mantener ordenadas, cuidadas y limpias las instalaciones y el material del que se compone el Centro.

 

5.     Durante las salidas terapéuticas programadas, deberá obedecerse inexcusablemente las indicaciones de los/las profesionales o personas responsables encargadas a tal efecto, prohibiéndose terminalmente separarse del grupo.

 

6.     Las personas usuarias no podrán acudir al centro cuando sus condiciones de salud supongan un riesgo para la salud de sus compañeros.

 

7.     Cumplir las condiciones de higiene, respeto y convivencia con el resto de compañeros y profesionales.

 

8.     Las personas usuarias no deben consumir alcohol ni drogas de otro tipo dentro del centro ni en el horario del mismo, salvo cafeína según la particularidad de cada usuario.

 

9.     Toda falta de asistencia debe ser notificada y justificada. Ante una falta prolongada en tiempo, se deberá aportar justificante por escrito indicando el motivo.  

 

10.   Para la administración de cualquier tipo de fármaco, sea un tratamiento diario o una medicación puntual, deberá aportarse el informe médico. Cuando se produzca una alteración en la dosis, la familia aportará la correspondiente prescripción médica.

 

11.  Conocer y cumplir el RRI

 

12.  No se podrá hacer uso de teléfonos, tablets o dispositivos electrónicos durante el horario del propio centro y las familias podrán contactar con los medios disponibles del Centro Ocupacional.

 

 

 

e.- Forma de pago y facturación

 

Dado el carácter fundacional y de entidad sin ánimo de lucro desde hace años algunas de las familias deciden aportar de forma voluntaria una cuantía mensual a modo de donación. Es por ello que se deja constancia en la firma de este documento que todas las aportaciones serán realizadas a Fundación Stella Maris y cuya finalidad es hacer una colaboración.

 

El Centro Ocupacional no ofrece servicios extraordinarios fijos en el horario habitual. Todas las actividades que se realizan son gratuitas a excepción de entradas a diferentes recintos que anualmente van cambiando. Es por ello que dichas actividades son completamente voluntarias y no supondrán en ningún caso una minoración en la calidad del servicio ya que aquellas personas que no quieran realizarlas se les ofrecerá el servicio habitual y programado del centro.

 

Todas las actividades que conllevan un coste son aceptadas y comunicadas al Consejo de Centro anualmente y extraordinariamente cuando es necesario.

 

 

 

 

 

4.- FALTAS Y SANCIONES

 

4.1.- Faltas

 

a.- Se considerará faltas leves:

 

·      La alteración de las normas de convivencia y respeto mutuo.

 

·      La utilización inadecuada de las instalaciones y servicios del Centro.

 

·      Las faltas de puntualidad y asistencia de más de tres días sin justificar en el periodo de un mes.

 

 

 

b.- Se considerarán faltas graves:

 

·       La alteración de las normas de convivencia y respeto mutuo creando situaciones de malestar en el Centro.

 

·       Promover o participar en alteraciones, riñas o peleas de cualquier tipo.

 

·       La utilización sin autorización de aparatos o herramientas peligrosas o perjudiciales para el propio usuario, del resto de compañeros o profesionales o para la seguridad del Centro.

 

·       El cumplimiento de 5 faltas leves, en un periodo de 3 meses.

 

 

 

c.- Se considerarán faltas muy graves:

 

·      Las amenazas y la agresión física a compañeros o personal del Centro.

 

·      Producir, intencionadamente, deterioros en las instalaciones.

 

·      El cumplimiento de 3 faltas graves, en un periodo de tiempo no superior a dos meses.

 

 

 

4.2.- Sanciones

 

Será competencia del Equipo Técnico del Centro dictar las amonestaciones y sanciones pertinentes, basados en programas de modificación de conductas a través de refuerzos positivos y/o negativos y atendiendo a las obligaciones de las personas usuarias, informando a los padres con notificación escrita, en caso de falta leve.

 

Además, de las amonestaciones impartidas por el equipo técnico, ante una falta grave, se llamará a la familia para comunicar lo sucedido y en las ocasiones que se crea conveniente, será expulsado ese día para proceder con el funcionamiento habitual.

 

En caso de falta muy grave, suspensión temporal de la condición de las personas usuarias en un periodo comprendido entre 1 día y 2 semanas.

 

La comisión de 3 o más faltas muy graves, podrá ser motivo de expulsión directa del Centro Ocupacional, con pérdida de la plaza adjudicada.

 

 

 

5.- SERVICIOS

 

 

 

5.1.- Objetivo del servicio

 

a.- Potenciación de la autonomía personal: estimular aptitudes y actitudes necesarias para tratar que el usuario se sienta útil y capacitado en el desarrollo de vida en sociedad.

 

b.- Formar en habilidades, hábitos y destrezas para la convivencia social.

 

c.- Desarrollo personal y social.

 

d.- Facilitar la integración socio-laboral: A través de itinerarios socio-profesionales facilitar integración en centros especiales de empleo, empresas ordinarias (SAP) o acercarles lo más posible la realidad del mundo laboral.

 

 

 

5.2.- Áreas de Servicio

 

a.- Orientación en recursos comunitarios para el desarrollo personal y social.

 

b.- Formación prelaboral.

 

c.- Atención psicosocial.

 

d.- Ocupación terapéutica.

 

e.- Programa de Atención Individual:

 

·      Taller ocupacional

 

·      Taller de habilidades académicas

 

·      Taller de actividades de la vida diaria

 

·      Taller de prensa

 

·      Taller de informática y TIC

 

·      Taller de estimulación cognitiva

 

·      Taller de relajación

 

·      Taller de cultura y bellas artes

 

·      Taller de fisioterapia

 

·      Taller de actividades físicas

 

·      Taller de afectividad y sexualidad

 

 

 

 

 

5.3.- Otros Servicios

 

Servicio de Comedor: El Centro Ocupacional ofrecerá, durante todos los meses, el servicio de comedor a diario sin gasto adicional. El menú, elaborado por una nutricionista teniendo en cuenta las características de nuestro colectivo, será facilitado a las familias con antelación. En caso de necesitar un menú especial por condición médica (diabetes, celiaquía, hipocalóricos, etc.) será necesario un informe facultativo.

 

 

 

6.- SISTEMA DE RECLAMACIONES

 

Las personas usuarias del Centro Ocupacional y/o sus familiares, podrán ejercer el derecho a presentar quejas y sugerencias sobre el funcionamiento del servicio prestado, así como de los compromisos incumplidos asociados a dichos servicios, a través de los procedimientos establecido por la Fundación Stella Maris.

 

La presentación se puede realizar a través de los siguientes medios:

 

-       Mediante formulario de Quejas y Sugerencias: donde también se podrá formular cuantas sugerencias estime oportunas en orden a una mejora continua en la eficacia de tales servicios. El formulario de Quejas y Sugerencias estará disponible y accesible para su localización en el tablón de anuncios en el propio Centro Ocupacional. Las personas usuarias/familiares/tutor-a podrán, si así lo desean, ser auxiliados por los/las profesionales en la formulación de quejas o sugerencias.

 

-       Mediante formulario telemático: los interesados dispondrán asimismo de la posibilidad de presentar sus quejas o sugerencias directamente vía Web: www.fundacionstellamaris.org y por correo electrónico a dirección (direccion@fundacionstellamaris.org), exponiendo la queja o sugerencia.

 

-       Mediante la Hoja de Reclamaciones de la GVA: el Centro Ocupacional dispone de Hoja de Reclamaciones de la GVA.

 

Recibida la queja y/o sugerencia, ésta, en el plazo de 30 días hábiles y previas las aclaraciones que se estime oportuno recabar del interesado, se notificará al interesado las medidas pertinentes para la subsanación de los mismos y las actuaciones en su caso adaptadas, y en este caso, se dirigirá carta de disculpas al interesado.

 

 

 

 

 

El marco normativo regulador:

 

-        Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat Valenciana (DOGV 8491)

 

-        Decreto 59/2019, de 12 de abril, del Consell (DOGV 8546

 

 

 

 

 

                                              

 

                                                                       FECHA:           ____/_________/____.

 

 

 

Yo, ________________________________ con DNI _____________, como usuario/a del Centro Ocupacional Stella Maris, he leído o soy conocedor/a del Reglamento de Régimen Interno, aceptando todo lo que en él se incluye.

 

Firma:

 

 

 

 

 

 

 

Yo, ________________________________ con DNI _____________, como familiar, tutor/a, o representante legal de _________________________________, usuario/a del Centro Ocupacional, he leído l Reglamento de Régimen Interno, aceptando todo lo que en él se incluye.

 

Firma:

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Dirección:

Plaza Cronista Francisco Monblanch, s/n

46011 Valencia

 Tlf.: 96 355 06 01

   601 173 885




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